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Convocan a elegir integrante del Consejo Consultivo de Radio UAT

La Universidad Autónoma de Tamaulipas emitió la convocatoria 2021-2 para elegir integrante del Consejo Consultivo Ciudadano de la radiodifusora universitaria Radio UAT, cuyo plazo para la recepción de propuestas se cierra el 19 de noviembre.

El Consejo Consultivo de Radio UAT es el órgano plural de representación social con facultades de opinión y asesoría sobre las acciones, políticas, programas y proyectos que desarrolle la máxima casa de estudios.

Entre otras observaciones, la convocatoria establece en las bases que, para la selección de consejeros, deberán ser ciudadanos mexicanos con pleno uso de sus derechos, y ser residentes del estado de Tamaulipas por lo menos dos años previos al lanzamiento de la convocatoria.

Que tengan conocimiento y/o experiencia demostrada, con documentos probatorios, en el ámbito de la comunicación, radiodifusión o en áreas que contribuyan al desempeño de su función; no laborar o haber laborado en la UAT dos años previos a su postulación; no ser funcionario de los poderes de la unión, del Gobierno del Estado o Municipal; no pertenecer a partidos políticos o ser ministros de culto; y no contar con antecedentes penales.

Las solicitudes y documentación deberán presentarse en formato PDF a los siguientes correos: secretariageneral@uat.edu.mx y/o radio@uat.edu.mx

 La convocatoria está publicada en el sitio http://radiouat.mx/archivos, en la cual las personas interesadas pueden consultar la información, además de poder llamar al teléfono 834 318 1814. 

Los formatos complementarios podrán descargarse en el portal de Radio UAT y de la Universidad Autónoma de Tamaulipas, o solicitarse vía correo electrónico a convocatoria@radiouat.mx.

Los resultados se darán a conocer después de la sesión ordinaria de la Asamblea Universitaria, en donde se tomará protesta de nuevos integrantes. 

Cabe señalar que la convocatoria se emite con base en el artículo 30, fracciones III y IV del Estatuto Orgánico de la UAT; y en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como en cumplimiento a los lineamientos generales para el otorgamiento de concesiones a que se refiere el Título Cuarto de la misma ley.

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