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Tamaulipas

Celebra IETAM sesión para aprobar sustitución de candidaturas

En Sesión extraordinaria número 37 del Consejo General del IETAM, celebrada el lunes 31 de mayo, las y los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, aprobaron la sustitución de 19 espacios sobre diversas candidaturas por motivo de renuncia, postuladas por los partidos políticos en lo individual, y una candidatura independiente en los cargos de diputaciones, por los principios de mayoría relativa así como de integrantes de ayuntamientos de Tamaulipas, a efecto de participar en el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021.

En tal sentido, durante la sesión celebrada de manera virtual se determinó la imposibilidad para sustituir en las boletas electorales los nombres de las candidaturas aprobadas en el punto Primero de dicho Acuerdo, por las razones expuestas en su considerando L, sin embargo, los votos emitidos a favor de esas boletas, contarán para las candidaturas legalmente registradas. 

Un segundo punto del Acuerdo aprobado por los integrantes del Órgano Electoral, fue la resolución respecto a la improcedencia de las solicitudes de sustituciones de diversas candidaturas postuladas por el partido Fuerza por México en el distrito 18 Altamira y en la integración de la planilla al Ayuntamiento de Altamira, en los términos precisados en los considerandos XXXI y XXXII, del mencionado Acuerdo.

En la sesión extraordinaria la No. 38, las y los Consejeros Electorales resolvieron como inexistentes cuatro Procedimientos Sancionadores Especiales (PSE), en los cuales, se presentaron denuncias en contra de diversos actores políticos que participan en el actual proceso electoral.

De tal manera, sobre el expediente PSE-25/2021, relativo a la denuncia interpuesta por la C. Maribel América Sandoval Morales, en contra de la C. Olga Patricia Sosa Ruiz, Candidata al cargo de Presidenta Municipal de Tampico, Tamaulipas, se resolvió como inexistente, por hechos que se consideran constitutivos de las infracciones consistentes en promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña.

Como inexistente también se resolvió el expediente PSE-50/2021, relativo a la denuncia interpuesta por el Partido Encuentro Solidario, en contra del C. Adrián Oseguera Kernión, en su carácter de Candidato al cargo de Presidente Municipal de Ciudad Madero, Tamaulipas, por hechos que se consideran contrarios al principio de laicidad y separación Iglesia-Estado.

De igual forma, fue declarada como inexistente la denuncia respecto al expediente PSE-54/2021, interpuesta por el Partido Político Morena en contra del C. Pedro Luis Coronado Ayarzagoitia, candidato al cargo de Presidente Municipal del Matamoros, Tamaulipas, por la supuesta contravención a lo establecido en el artículo 209, párrafo 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; así como en contra del Partido Revolucionario Institucional, por culpa in vigilando.

Finalmente, sobre el expediente PSE-57/2021, también fue resuelto como inexistente, relativo a la denuncia interpuesta por el partido acción nacional, en contra del C. Eduardo Abraham Gattás Báez, candidato al cargo de Presidente Municipal de Victoria, Tamaulipas, por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Tamaulipas”, por la supuesta difusión de propaganda política con símbolos religiosos, así como en contra del Partido Político Morena por culpa in vigilando.

Al referirse a esta resolución, el Mtro. Oscar Becerra Trejo, Consejero Presidente de la Comisión de Procedimientos Sancionadores, señaló como subjetiva la denuncia, porque no se aprecia que el denunciante haya realizado llamamientos al voto con expresiones religiosas para convencer al electorado.

Refirió, el Consejero Becerra Trejo, que de acuerdo al expediente SUP-JRC-276/2017, se argumenta que en lo que respectan aquellas acciones que se pudieran considerar de índole religioso en propaganda, no contraviene por sí mismo los principios de laicidad y la separación iglesia-estado, por tanto, de acuerdo a los elementos que obran en la denuncia, no existen indicios de que existan elementos de carácter religioso para proceder en contra del denunciante, preciso el Consejero Presidente de la Comisión de Procedimientos Sancionadores.

En el marco de la sesión extraordinaria No. 37, se aprobó como improcedente la petición del C. Víctor Armando Rivera Capistrán, quien solicitaba que los votos que se obtengan en su nombre en el municipio de Matamoros, fueran contabilizados para su persona en las elecciones del domingo 6 de junio.

Previo a estos trabajos de ambas sesiones extraordinarias, rindió protesta como representante propietario del Partido Morena ante el IETAM, el Lic. Jesús Eduardo Govea Orozco.

Finalmente, mediante aprobación unanime, se dio la Fe de Erratas al Acuerdo No. IETAM-A/CG-25/2020 mediante el cual se aprobó el Calendario Electoral correspondiente al Proceso Electoral Ordinario 2020-2021.

Es importante señalar, que cada uno de los Acuerdos y las Resoluciones aprobadas, se pueden consultar en la siguiente liga:

https://www.ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2021&idTdoc=2
https://www.ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2021&idTdoc=4

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